La prueba del Derecho extranjero y el Artículo 33.3 de la Ley 29/2015, de cooperación jurídica internacional en materia civil

  1. Ybarra Bores, Alfonso
Revista:
Cuadernos de derecho transnacional

ISSN: 1989-4570

Año de publicación: 2022

Volumen: 14

Número: 1

Páginas: 525-558

Tipo: Artículo

DOI: 10.20318/CDT.2022.6697 DIALNET GOOGLE SCHOLAR lock_openAcceso abierto editor

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Resumen

La Ley 29/2015, de 30 de julio, de cooperación jurídica internacional en materia civil despertó gran expectación entre los operadores jurídicos internacionales. Entre otras materias, esta Ley venía teóricamente a resolver diversas cuestiones relacionadas con la prueba del Derecho extranjero ante los tribunales españoles, sobre las cuales la doctrina venía años reclamando una adecuada regulación. Uno de los principales problemas del sistema español de Derecho internacional privado en este ámbito ha sido la ausencia de regulación para los casos de falta de prueba del Derecho extranjero. El presente trabajo versa sobre la prueba del Derecho extranjero, los principales problemas que ello plantea, y, en particular, sobre el estado actual en nuestra jurisprudencia en torno a la cuestión de lo procedente ante la falta de prueba del Derecho extranjero.

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