El delito de piratería y el principio de justicia universal

  1. Ramos Koprivitza, Ulises Sandal
Dirigida por:
  1. Ana Isabel Pérez Cepeda Director/a

Universidad de defensa: Universidad de Salamanca

Fecha de defensa: 16 de enero de 2014

Tribunal:
  1. Ignacio Berdugo Gómez de la Torre Presidente/a
  2. Nuria Matellanes Rodríguez Secretario/a
  3. Manuel Ollé Sesé Vocal
  4. María del Carmen Gómez Rivero Vocal
  5. Carmen Lamarca Pérez Vocal

Tipo: Tesis

Resumen

El incremento internacional del delito de piratería en los albores del Siglo XXI coloca, nuevamente, a esta actividad ilícita como un problema de actualidad para el Derecho penal, concomitantemente, al estudio del principio de justicia universal que se encuentra históricamente vinculado con este delito y que obliga al examen profundo de ambas figuras jurídicas para establecer la naturaleza y fundamento del principio de justicia universal; así como, los mecanismos adecuados para la represión del delito de piratería en una perspectiva de política criminal.Sabemos que el mar cumple funciones tan diversas como ser medio de subsistencia de los hombres mediante la pesca de sus alimentos y también transporte efectivo para personas y traslado de mercancías, que ha permitido estrechar nexos con otros pueblos y naciones que han fortalecido sus intercambios económicos, sociales y culturales. Navegar y comerciar a través de los mares ha significado, hasta nuestros días, sinónimo de desarrollo y cooperación entre los pueblos, siendo el Océano Índico uno de los mares con rutas comerciales más transitadas e importantes del mundo a lo largo de la historia del hombre que se aventura al descubrimiento del mar. Los mares constituyen la mayor parte de la superficie de la Tierra, pues ocupan aproximadamente el 70 por ciento de ésta, siendo el Océano Índico uno de los cuerpos de agua más grandes del planeta, porque cubre un poco más del 20 por ciento del territorio mundial, colocándose en el tercer lugar por su extensión en relación con otros océanos que lo delimitan: el Océano Atlántico, Océano Pacífico y el Océano Antártico.La presente investigación parte de la importancia, evolución y trascendencia de este fenómeno a nivel internacional, destacando necesariamente la adopción y cumplimiento puntual de medidas que contribuyan tanto a prever como a contener dichas prácticas tanto de manera general, como local; atendiendo aspectos de Derecho penal y procesal penal, en particular, aquellos que tienen que ver con la detención y adecuado proceso de los implicados en el delito, así como la subyacente relación entre la piratería y el principio de justicia universal.En el Capítulo I. Abordamos la evolución histórica del delito de piratería y la clasificación de las distintas categorías de los piratas, de acuerdo a la región, época y actividad específica que desarrollaron hasta llegar a la piratería moderna desarrollada en el Océano Índico, principalmente en las costas de Somalia para poder analizar el fenómeno criminal actual. Los piratas en el género son todos similares desde un punto de vista normativo, pero en la especie encontramos diferencias y matices interesantes que son necesarios estudiar para profundizar en el tema y acercarnos a su mejor comprensión. Para el análisis de esta parte específica de la investigación se estructura la investigación bajo la propuesta y empleo del método histórico documental diacrónico, aceptado en Derecho como un procedimiento racionalmente válido,partiendo del reconocimiento de la existencia de las disciplinas auxiliares del Derecho, que coadyuvan al jurista en la profundización de los estudios sobre la ciencia jurídica. En este caso, la Historia del Derecho y la Sociología Jurídica6 nos sirven como base para este análisis como fuentes del conocimiento científico del Derecho penal vigente, mediante la inducción antropológica y sociológica que se agrega a la inducción histórica de nuestro estudio.7 La utilización de esta disciplina axilar, comprendida como un apartado de la Historia en general, nos permite avocarnos a la narración de los sucesos ocurridos en el pasado sobre la limitación del conocimiento humano,8 siendo necesaria para documentar correctamente dichos sucesos. Particularmente, contemplamos el testimonio escrito de los hechos relacionados con la piratería que nos permite dotar de contexto el presente trabajo, delimitando el fenómeno delictivo de la piratería en los mares de Europa donde se originó, en los mares de América del Norte y el Caribe en donde floreció; y, en el Océano Índico, especialmente en las costas de Somalia donde resurgió y se ha mostrado con mucho más fuerza en los últimos tiempos como un fenómeno criminal internacional. En este capítulo inicial, se contemplan hechos particulares del pasado, mismos que revisten características individuales, únicas e intuitivas, tal y como los concebía el filósofo Wildenband, quien se refería a esta disciplina como una ciencia idiográfica de un mundo fisionómico individual e intuitivo de la expresión humana del pasado. Entonces en este capítulo nos ocupamos de la narración de los hechos vinculados con el delito de la piratería, seleccionando para ello una muestra representativa de los diferentes tipos de piratería desarrollada en diferentes épocas y lugares del mundo que nos permite apreciar diferencias y similitudes en su apreciación jurídica y modus operandi. Finalmente elaboramos una propuesta de clasificación sobre la piratería, que pretende conducirnos a través de sus causas y efectos sociológicos en el orden normativo del fenómeno delictivo, que nos muestra sus características específicas y el contexto en que se originó cada tipo diferente de piratas y su respectiva denominación conceptual, partiendo desde sus orígenes más antiguos hasta situarnos en el análisis de las conductas consideradas, de forma general, como piratería moderna en el Océano Índico y, en el sentido particular en las costas de Somalia. En el Capítulo II. Nos referimos a los elementos normativos que se desprenden de los instrumentos internacionales, que constituyen el marco jurídico básico aplicable en la lucha contra la piratería, pasando por la codificación del Derecho internacional, sus principios generales, límites y alcances, así como, la subsidiariedad y concurrencia con las potestades penales de los Estados. Para los efectos anteriores, en el presente capítulo se analizan sistemáticamente los convenios internacionales que regulan el delito de piratería, describiendo los elementos fundamentales de los ordenamientos examinados, para acentuar las aportaciones normativas más relevantes de los ordenamientos, destacando sus similitudes y diferencias más notables. Pero también, para resaltar las omisiones y deficiencias más claras referentes al delito de piratería y su relación con el principio de justicia universal. Para ello, se explican las notas esenciales del objeto de conocimiento, determinando lo que él es, mediante la caracterización de un concepto en función de otro u otros que, a su vez, se comprenden en virtud de su mutua relación e interdependencia entre sí, a través de conceptos coordinados.10 Lo que nos permitió observar la evolución conceptual del delito de piratería mediante la comparación con otros instrumentos internacionales. Es entonces, que en este apartado nos aproximamos a la definición de nuestro objeto de estudio desde la descripción de los tratados internacionales, tomando como base la iure conditio del Derecho vigente, sobre el cual, abordamos nuestro objeto de análisis: la piratería en el ámbito internacional de los tratados.Además, el estudio se aplica no sólo a una noción, sino a un sistema de conceptos; consistente en enumerar las relaciones fundamentales que las unen, y que nos permiten demostrar todas las propiedades del objeto de estudio; estas relaciones son los postulados, que siguiendo esta directriz, analizamos respecto de sus cualidades propias, mediante principios reconocidos por el Derecho, validados por la definición de los conceptos y que encuentran un sitio común en el axioma del fenómeno. En la segunda parte del capítulo se destacan las diferentes acciones de política criminal emprendidas por la comunidad internacional para hacer frente desde el marco jurídico internacional convencional, consuetudinario y estatal al problema de la piratería moderna en el Océano Índico. Acciones que examinamos a la luz del Derecho internacional en relación con el Derecho del mar y considerando siempre en nuestras reflexiones la presencia de los Derechos humanos, porque como lo afirman Berdugo Gómez de la Torre y Pérez Cepeda, los Derechos humanos adoptan un modelo social pro homine que deben figurar en todas las fases por las que trascurre el sistema penal, pues constituye un criterio político criminal fundamental que vincula estrechamente al individuo con el Estado que debe fungir como medio para los propósitos superiores del hombre.En este sentido, para comprender mejor las causas que motivaron las acciones jurídicas y las operaciones militares, reactivas de la comunidad internacional ante el fenómeno delictivo que pretenden reprimir y que actualmente es abordado y gestionado bajo la connotación de este tipo de delincuencia organizada trasnacional, recurrimos a los estudios socio-jurídicos del delito sobre la piratería, pues nos abocamos ¿mediante el empleo de técnicas propias de las ciencias sociales como la estadística, el análisis de las causas y los efectos, entre otros¿, a discernir el comportamiento internacional de este delito, particularmente: sus características, modalidades y, en su caso, descifrar el modus operandi de las bandas de piratería organizada en Somalia.Respecto del Capítulo III. En el que se analiza el principio de justicia universal a partir de una revisión cronológica y sistemática de sus antecedentes históricos más remotos, en primer lugar, destacando los fundamentos teóricos y filosóficos que dieron origen al principio evolucionado de justicia universal. Ello, para profundizar sobre la validez del principio, visto no sólo como un hecho histórico aislado o espontáneo, sino como una doctrina de las ciencias penales que, ¿¿estudian lo que se repite universalmente, lo que es una vez, y más veces, y siempre.¿ Es decir, a partir de la concepción de la ciencia del Derecho penal, como la entendía Welzen, quien decía que la función de la ciencia del Derecho penal consiste en desarrollar y explicar el contenido de las reglas (las del Derecho penal) en su conexión interna, es decir, sistemáticamente.En ese orden, se examina la evolución sistemática del principio de justicia universal en torno a los elementos que componen esta potestad penal extraterritorial y los delitos que son tradicionalmente susceptibles a este principio, para fundamentar el ejercicio punitivo de los Estados más allá de sus fronteras en ausencia de los conectores clásicos del Derecho penal. En segundo lugar, en este capítulo, se abordan las referencias convencionales como antecedentes modernos del principio, describiendo los instrumentos internacionales que contemplan en su iuris corpus directa o indirectamente el principio de justicia universal, toda vez que constituyen un antecedente regulatorio codificado de la pretendida universalidad del principio. Más adelante, se aborda la internacionalización del Derecho penal en relación con el establecimiento de los tribunales penales internacionales, mismos que fueron clasificados temporalmente de acuerdo a su fecha de creación.Seguidamente, se examina el principio aut dedere aut iudicare como un elemento conexo, pero bien diferenciado, del principio de justicia universal en función de sus antecedentes históricos, evolución e incorporación a una serie de tratados internacionales. Particularmente, se analiza este principio a la luz de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982 y el Convenio de Roma para la Represión de Actos Ilícitos contra la Seguridad de la Navegación Marítima de 1988, en relación con el delito de piratería y las variables de actuación jurídica de los Estados, que se desprenden de la aplicación de este principio, a partir de los contenidos normativos de dichas convenciones.Así pues, en nuestra investigación nos dimos a la tarea de recopilar la información pertinente, que nos permitiera examinar mejor las transformaciones, que desde la ciencia del Derecho penal observamos, analizando, desde luego, los problemas, las implicaciones de las cosas, los detalles, cambios y objetivos, que se relacionan con el Derecho y la sociedad,17 concatenados siempre al delito de piratería y al principio de justicia universal. Inquiriendo ab initio en la eficacia del Derecho, para analizar a profundidad la capacidad de la norma jurídica de lograr el efecto deseado ¿el fin ulterior¿ en la aplicación relativa al principio de justicia universal y su reconocimiento directo o indirecto en los ordenamientos nacionales e internacionales. En el Capítulo IV. La aplicación del principio de justicia universal al delito de piratería en el Derecho comparado, realizamos una aproximación valorativa sobre el ejercicio jurisdiccional de los Estados entre el principio de justicia universal y el delito de piratería. En esta parte de la investigación se analizan detalladamente las resoluciones internacionales, criterios jurisprudenciales nacionales e internacionales; así como, las sentencias que se han pronunciado en torno a los procesos penales sobre el delito de piratería con fundamento en el principio de justicia universal.En este capítulo, el objetivo del trabajo se centra en analizar las principales sentencias sobre el delito de piratería vinculadas con el principio de justicia universal, para llevar a cabo una interpretación valorativa de las normas generales o particulares, así como explicar en qué consisten los argumentos jurídicos para procesar legítimamente a los piratas superando los obstáculos legales tradicionales de la potestad penal de los Estados. Al mismo tiempo se exponen los criterios judiciales aplicados a cada caso en concreto para contrastarlos con las interpretaciones jurisprudenciales de otros órganos y con ello normarnos un criterio propio sobre ambas figuras jurídicas.Por tanto, se analiza mediante el contraste y la comparación, las distintas interpretaciones judiciales que sobre los casos particulares de piratería se han pronunciado en función o apego al principio de justicia universal, lo cual, nos deja valorar los criterios utilizados por los jueces para emitir una determinada sentencia en un sentido u otro. Ello, también nos permite justipreciar que norma o resolución judicial ha sido más eficaz respecto de su resultado y cuáles son consideradas más eficientes en cuanto a su procedimiento de aplicación, para que, finalmente, se pueda estructurar una propuesta metodológicamente válida a partir de la crítica comparativa de las resoluciones judiciales en cuestión. Con fundamento en esta línea metodológica, el propósito del examen de la jurisprudencia, es estructurar una propuesta sobre un criterio que se base en la desarticulación de los elementos constitutivos de los objetos de estudio, que nos sirvan para identificar sus diferencias notables y comprender sus semejanzas destacadas, para así estar en posición de ofrecer en una recomposición propia de sus componentes una idea original prospectiva de lege ferenda, que se abordará en el capítulo siguiente. El Capítulo V versa sobre una propuesta de lege ferenda, donde examinamos una serie de consideraciones jurídicas relacionadas con la problemática observada en la represión del delito de piratería. Dichos planteamientos se presentan como alternativas a contemplar para así configurar un enfoque central de solución que siente las bases para la conformación de una convención internacional contra este delito, a partir del principio de justicia universal, procediendo así, a proponer las reformas legislativas pertinentes para la adecuación de los estándares internacionales propuestos al Derecho interno mexicano. En la primera parte de este capítulo, se establece como objetivo principal sintetizar el núcleo axiomático de la teoría del principio de justicia universal, mediante un adecuado proceso de adaptación de los términos específicos de cada tipo penal de piratería abordados, partiendo del contraste de los distintos conceptos y su adecuación metodológica y estructural con el principio de justicia universal.Ahora bien, una vez observados los problemas derivados del resurgimiento de la piratería en aguas del Océano Índico y otros mares del mundo, así como la tendencia a limitar el principio de justicia universal en los ordenamientos estatales de algunos países por razones, principalmente políticas, podemos argumentar la necesidad de proponer una lege ferenda que habría de poner en relieve la importancia de regular adecuadamente el fenómeno criminal de la piratería, atendiendo sus causas y efectos, mediante una propuesta convencional de aplicación del principio de justicia universal. Para ello, fue necesario, en primer lugar, establecer una visión prospectiva internacional del fenómeno de la piratería; es decir, intentar adelantarnos a las variables posibles de transformación, traslado y expansión del problema de la piratería a distintas partes del planeta. En segundo lugar, partiendo de dicha prospección, se establece un análisis sobre las fortalezas y debilidades de las alternativas jurídicas para la atención de la piratería con base en el principio de justicia universal, valorando cada una de las posibilidades que se han planteado en los últimos años en torno al fenómeno y que han sido desarrolladas teóricamente desde la academia y propuestas por la política a nivel nacional e internacional. De esta manera, se analizan, los argumentos que sostienen como posibilidades alternativas para la atención de la piratería moderna, el establecimiento de la facultad penal para el Tribunal Internacional del Derecho del Mar, la extensión de la jurisdicción de la Corte Penal Internacional para el delito que nos ocupa, la creación los tribunales mixtos locales con competencia sobre este ilícito y la creación de un tribunal especial para judicializar internacionalmente este delito como mecanismo supletorio al principio de justicia universal de los Estados, que por multiplicidad de razones no ejercen su potestad penal en la represión de este delito internacional.Finalmente, se elabora un estudio puntual de la situación que guarda el tipo penal de piratería y el principio de justicia universal en México, en comparación con otros países que tiene un mayor grado de desarrollo teórico y práctico jurisprudencial sobre estas figuras jurídicas, con el propósito de proponer un análisis de viabilidad de reforma legal a los ordenamientos mexicanos que se aproxime a los criterios más depurados para tipificar el delito de piratería e instrumentar el principio de justicia universal en el país de manera clara, expresa y precisa. En síntesis, la propuesta planteada ensaya una solución integradora, para una futura reforma normativa para México, que incluya la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Código Penal Federal y la Ley de Navegación y Comercio Marítimos o por lo menos para abrir el debate teórico sobre el problema planteado. Es decir, que se trata de una recomendación que consideramos podría ser conveniente y, eventualmente, tenida en cuenta para una próxima reestructura legislativa en función al delito de piratería y el principio de justicia universal. Lo anterior, con el propósito de establecer la posibilidad de aplicación del principio de justicia universal de manera amplia y proponer nuevos esquemas normativos para regular el fenómeno de la piratería a nivel nacional e incluso internacionalmente, a través de la propuesta de lege ferenda de una convención, partiendo del análisis del Derecho comparado en función de dos variables: primero, en torno a la modernización de la descripción del tipo penal de piratería y, en segundo lugar, en virtud del reconocimiento expreso y la regulación estatal del principio de justicia universal.