La contratación de los servicios de comunicaciones electrónicas (telefonía e internet)
- Fidalgo López, Ana
- María Paz García Rubio Zuzendaria
Defentsa unibertsitatea: Universidade de Santiago de Compostela
Fecha de defensa: 2015(e)ko otsaila-(a)k 24
- Teodora Felipa Torres García Presidentea
- Javier Lete Achirica Idazkaria
- Ana Cañizares Laso Kidea
- Francisco Oliva Blázquez Kidea
- Antonio Cabanillas Sánchez Kidea
Mota: Tesia
Laburpena
En el contrato de servicios de comunicaciones electrónicas, el operador se obliga a prestar el servicio al usuario a cambio de su remuneración. Se configura como un verdadero tipo contractual, en el que destacan las medidas de protección de sus usuarios. Con nuestro trabajo pretendemos dar una visión global de la contratación de los servicios de comunicaciones electrónicas, desde la perspectiva de sus usuarios. En primer lugar, analizaremos las competencias que concurren en la regulación de los servicios de comunicaciones electrónicas (telecomunicaciones, legislación básica de las obligaciones contractuales y protección de consumidores). En el segundo bloque, parte central del trabajo, estudiaremos pormenorizadamente el contrato de servicios de comunicaciones electrónicas. Al tratarse de un contrato de servicios, debemos preguntarnos si nos encontramos ante una obligación de medios o una obligación de resultado. Además, analizaremos las cuatro fases del contrato: la fase precontractual, delimitando las posibles responsabilidad de cada una de las partes; la formalización del contrato, incidiendo en el estudio de las cláusulas predispuestas aplicables a este tipo contractual; la ejecución del contrato, con el análisis de las obligaciones que corresponden a cada una de las partes; y finalmente, haremos referencia a las causas de extinción del contrato. Para finalizar es preciso hacer mención a los medios de resolución extrajudicial de conflictos, por los que se da garantía y efectividad a los derechos reconocidos a los usuarios. Especial atención merecen el servicio de atención al cliente, la reclamación ante la SETSI y el Arbitraje de Consumo.