Las operaciones Petersberg de la Unión Europea en la gestión de crisis internacionales
- Lucía Millán Moro Directora
- José Alejandro del Valle Gálvez Codirector/a
Universidad de defensa: Universidad de Cádiz
Fecha de defensa: 01 de febrero de 2005
- Diego J. Liñán Nogueras Presidente/a
- Inmaculada González García Secretario/a
- Luis Pérez-Prat Durbán Vocal
- Alberto A. Herrero de la Fuente Vocal
- Francisco Aldecoa Luzárraga Vocal
Tipo: Tesis
Resumen
La institucionalización de una Política Europea Común de Seguridad y Defensa (PECSD) en el seno de la Política Exterior y de Seguridad Común (PESC) de la Unión Europea, representa el marco jurídico ideal para el desarrollo y ejecución de operaciones de gestión de crisis por parte de la UE. Estas operaciones podrán tener dos vertientes: una militar y la otra civil. En el seno de la UE, únicamente las operaciones de naturaleza militar serán consideradas como operaciones Petersber, alejándose de la práctca internacional que aglutina en una misma definición a todo tipo de acciones pacificadoras, sean de carácter militar o civil. Esta situación puede provocar una grave deficiencia de respuesta frente a las complejas crisis actuales, en las que se requiere el uso de instrumentos tanto civiles como militares. Las operaciones Petersberg se han atribuido de un esquema orgánico e instrumental que no se encuentra reflejo en el articulado del TUE, sino que tiende a desarrollarse a través de actos con escaso valor jurídico obligatorio. No obstante, los Estados se han comportado de tal fomra que consideran tales actos de obligado cumplimiento. El hecho de no hacerse mención en el TUE de este entramado jurídico, representa un déficit en la actuación de la Unión en la escena internacional, afectando a su transparencia ante el ciudadano. El estudio de las operaciones militares llevadas a cabo por la UE en la antigua República Yugoslava de Macedonia y en la República del Congo, nos indican los rasgos esenciales de las operaciones Petersberg, así como el régimen jurídico de funcionamiento y participación a terceros Estados en las mismas. Igualmente, se procede al estudio de aquellas operaciones civiles que la UE ha desarrollado en el contexto de la PECSD. Este análisis demuestra la clara similitud de tales acciones con las operaciones Petersberg, tanto en su esquema organizativo como en sus objetivos, por lo que se critica la noción restrictiva de las operaciones Petersberg en el seno de la UE. Una vez analizadas estas operaciones de gestión de crisis, se procede a determinar las lagunas normativas, procedimentales y estatutarias que existen actualmente en la ejecución de las operaciones Petersberg así como la necesidad de realizar progresos en las mismas. El objetivo debe ser una mayor eficacia de este tipo de operación en la escena internacional. Finalmente, se destaca que con el Tratado por el que se establece una Constitución para Europa, se procede a reconocer unas operaciones Petersberg redimensionadas susceptibles de ser llevadas a cabo por acciones no sólo militares sino igualmente civiles e incluso cívico-militares.