El capital regulatorio por riesgo operacional

  1. JIMÉNEZ RODRÍGUEZ, ENRIQUE JOSÉ
Zuzendaria:
  1. José luis Martín Marín Zuzendaria
  2. María Dolores Oliver Alfonso Zuzendarikidea

Defentsa unibertsitatea: Universidad Pablo de Olavide

Fecha de defensa: 2008(e)ko uztaila-(a)k 09

Epaimahaia:
  1. Antonio Pulido Gutiérrez Presidentea
  2. José Manuel Feria Domínguez Idazkaria
  3. Clara Cardone-Riportella Kidea
  4. Santiago Carrillo Menéndez Kidea
  5. Myriam García Olalla Kidea
Saila:
  1. Economía Financiera y Contabilidad

Mota: Tesia

Teseo: 165121 DIALNET

Laburpena

En Junio de 2004, el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea publicó el Nuevo Acuerdo de Capital (o de Basilea II), con objeto de paliar las debilidades advertidas en el anterior de 1988. Una de las principales novedades del Acuerdo de Basilea II estriba en la inclusión de requisitos de capital por riesgo operacional, uniéndose así a los requerimientos que ya recogía el de Basilea I sobre riesgo de crédito y de mercado. En este sentido, el eje principal de esta tesis doctoral ha sido el estudio y contraste de las metodologías de cálculo del capital regulatorio por riesgo operacional. A tal efecto, en primer lugar, hemos realizado una síntesis teórica en la que se ha expuesto el marco conceptual en el que se encuadra dicho riesgo en el Nuevo Acuerdo. Este bloque inicial del trabajo ha sido respaldado por una extensa revisión bibliográfica que ha permitido determinar el status quo actual del control y medición del riesgo de operacional dentro del sector financiero. Así, subrayamos la relevancia de este nuevo componente en el coeficiente de solvencia; sin embargo, a la vez, se advierte el escaso nivel de desarrollo de las metodologías avanzadas de medición (AMA). Sobre la base del contexto teórico establecido, se ha abordado el estudio del riesgo operacional desde una perspectiva práctica. Para ello, hemos dispuesto de una base de datos interna de pérdidas operacionales (BDIPO) de una entidad de crédito, sustentada, esencialmente, del negocio de la Banca Minorista. A partir de la información suministrada, se ha ido desarrollado de manera secuencial la estructura de un modelo AMA, concretamente, el Modelo de Distribución de Pérdidas (LDA). En las cifras de capital resultantes, hemos constatado un mayor peso de la caracterización paramétrica de la distribución de severidad que la de la frecuencia. Del mismo modo, se han comparado dichos capitales regulatorios con los de los denominados enfoques no avanzados, esto es, el Método Básico (BIA) y el Estándar (SA). Los resultados del estudio empírico han refrendado que el consumo de capital aplicando un modelo de medición avanzada, en particular, el enfoque LDA, ha sido muy inferior al obtenido mediante los métodos BIA y SA. En conclusión, la construcción del Modelo LDA es factible bajo una serie de condicionantes, pero, ante todo, es necesaria y conveniente para la entidad. Aparte del citado ahorro de capital, intrínseco al modelo, su implementación promueve la mejora continuada de los sistemas de control, pues todo esfuerzo realizado en dicha materia se rentabiliza con un menor consumo de capital. Por el contrario, en las metodologías BIA y SA, donde los capitales son proporcionales al volumen de negocio, las posibles mejoras son independientes del capital regulatorio. Debido a lo anterior, ambos métodos deben ser concebidos, a priori, como modelos de transición hacía estadios superiores, materializados en las metodologías AMA, siendo utilizados en la actualidad como "vías de escape" tras la entrada en vigor del Nuevo Acuerdo.