Essays on colonialism, institutions and legal traditions
- Diego Romero de Ávila Torrijos Doktorvater
Universität der Verteidigung: Universidad Pablo de Olavide
Fecha de defensa: 02 von Juni von 2014
- Joaquín Maudos Villarroya Präsident/in
- Luis Alejandro Ángeles Soliz Sekretär/in
- Manuel Alejandro Cardenete Flores Vocal
Art: Dissertation
Zusammenfassung
El tema principal de la tesis se enmarca en la actual literatura de economía del desarrollo sobre las consecuencias a largo plazo de hechos históricos, con repercusiones en el presente. Se analiza cómo ciertos hechos o acontecimientos históricos han afectado a ciertos factores económicos y sociales, y cómo estos factores se han reproducido en el tiempo afectando a la situación económica actual. Uno de los hechos históricos estudiados es el colonialismo europeo de la edad moderna y contemporánea. Siguiendo la importante literatura sobre este tema desarrollada tras los trabajos seminales de Daron Acemoglu, Rafael La Porta y sus respectivos coautores, se analiza cómo el colonialismo afectó a la distribución de las tradiciones legales de las potencias europeas y el impacto que ello tuvo sobre los sistemas legales y el desarrollo financiero de las colonias. Más específicamente, se estudia de qué manera dicho efecto dependió de las condiciones iniciales existentes en los territorios colonizados. Se muestra que el derecho común inglés (el common law) se exportó de una manera desigual a lo largo y ancho del imperio británico, lo cual refleja una política colonial flexible a las circunstancias locales. Allí donde hubo escasa presencia de población nativa y las condiciones climáticas fueron buenas para el asentamiento de los colonos europeos, el common law se introdujo ampliamente y contribuyó a la creación de sistemas legales de calidad, con consecuencias positivas para el desarrollo financiero. En cambio, en otras colonias del imperio caracterizadas por una elevada presencia de población nativa, el derecho inglés apenas se introdujo e incluso tuvo consecuencias negativas para el desarrollo legal y financiero. Respecto a la distribución del derecho civil francés, Francia exportó su sistema legal de una manera más rígida y uniforme en su imperio colonial, lo cual concuerda con las particularidades de la política colonial francesa, más centralizada que la británica e inspirada en los ideales de "asimilación". El resultado de ello fue que la implantación del derecho civil francés tuvo un efecto homogéneo sobre el desarrollo legal y financiero, independientemente de las condiciones iniciales en las colonias. España también exportó su derecho civil de una manera homogénea a lo largo de su imperio, pero el resultado fue más positivo que en el caso francés porque las colonias españolas americanas experimentaron una recepción del derecho civil más gradual y profunda que las colonias francesas, lo que se refleja en que hoy en día dichos países gozan de un superior desarrollo financiero y de sistemas legales de más calidad. El segundo hecho histórico estudiado es la Reconquista española de los siglos VIII al XV. Este fenómeno puede considerarse una forma de colonialismo, pues el territorio conquistado por los cristianos a los musulmanes tenía que ser posteriormente repoblado (o colonizado). Se muestra que las condiciones y la cronología de la Reconquista afectaron a la distribución de la propiedad de la tierra y al reparto de los derechos jurisdiccionales entre los órdenes privilegiados, llevando a una progresiva concentración del poder político en manos principalmente de la nobleza. Esta concentración del poder económico y político generó ¿instituciones extractivas¿ de explotación de la población agraria y, especialmente en la fase de industrialización del país, ello condujo al empobrecimiento relativo de aquellas provincias donde esta concentración del poder era mayor. Mostramos que las consecuencias de la Reconquista, ejercidas a través de la concentración del poder político, explican una gran parte de la variabilidad actual en renta per cápita existente entre las provincias españolas.