Bay'a y constituciónorigen del poder y su administración en Marruecos "la delegación democratizada"

  1. ADNANE, ABDELHAMID
Dirigée par:
  1. Manuel José Terol Becerra Directeur

Université de défendre: Universidad Pablo de Olavide

Fecha de defensa: 01 juillet 2004

Jury:
  1. Ramón Luis Soriano Díaz President
  2. Miguel Jesús Agudo Zamora Secrétaire
  3. Abdeslam Benhadu Rapporteur
  4. Mohamed Yahia Rapporteur
  5. Octavio Salazar Benítez Rapporteur
Département:
  1. Derecho Público

Type: Thèses

Teseo: 107185 DIALNET

Résumé

Los pasajes del primer libro de este trabajo de este trabajo recalcan el carácter Teocrático del gobierno musulmán. La Bay´a, institución de cuño coránico, mediante el voto de un peculiar cuerpo electoral cuyas características informan sobre sus tendencias, permite el establecimiento de un tipo de legitimidad que sólo se conserva en cuanto su depositario respeta las pautas prefijadas en sus líneas fundamentales. Debido a ello y a nuestro interés por tratar el caso del sistema marroquí, alentado por la complejidad generada por el acogimiento en su texto constitucional de principios considerados como excluyentes (Bay¿a y Constitución ), juzgamos ilustrativo encuadrar nuestra reflexión en su marco y de ahí, definir la nueva naturaleza de este "Estado mestizo" y clarificar el tipo de lógica que lo envuelve. Esta labor nos llevó a las siguientes conclusiones:El Estado marroquí es el producto jurídico político de la Bay¿a y de ahí que se pueda tildar de teocrático. Esta democracia junto con las instituciones majzénicas existentes, se ve infiltrada y por ende irrigadas por un caudal de flujos conceptuales democratizantes, lo que hace que su movimiento se haga dentro de un número no desdeñable de coordenadas democráticas favoreciendo así la fundación de un "neo-sistema" formalizado por la carta constitucional que le da protección y garantiza su continuidad. Su carácter híbrido afecta el llamado núcleo constitucional en sus vertientes ontológica y adaptativa e informa a los demás artículos constitucionales. El mestizaje arriba señalado reajusta el ejercicio del poder, que como se sabe teocrático en su origen, al nuevo marco y garantiza su reparto según un compás demo-constitucional.