Las causas de extinción del contrato de agencia

  1. LARA GONZALEZ, RAFAEL
Zuzendaria:
  1. Juan Carlos Sáenz García de Albizu Zuzendaria

Defentsa unibertsitatea: Universidad Pública de Navarra

Fecha de defensa: 1997(e)ko abendua-(a)k 18

Epaimahaia:
  1. Aurelio Menéndez Menéndez Presidentea
  2. Agustín Madrid Parra Idazkaria
  3. Aníbal Sánchez Andrés Kidea
  4. Antonio Pérez de la Cruz Blanco Kidea
  5. Enrique Rubio Torrano Kidea

Mota: Tesia

Teseo: 68903 DIALNET

Laburpena

El estudio de las causas de extinción del contrato de agencia parte de un dato clave como es el del análisis de la incidencia del tiempo en la relación. El contrato de agencia exige permanencia o estabilidad: es un contrato de duración. La Directiva 86/653 señala que el agente se encarga de manera permanente de promover contratos o de promoverlos y concluirlos por cuenta ajena. La L.C.A. conserva esta característica pero, a fin de eliminar equívocos en torno al sentido de la estabilidad, concreta la propia definición al aclarar que la duración del contrato puede ser por tiempo determinado o indefinido. En este contexto se examinan, por una parte, las causas específicas de extinción del contrato de acuerdo con su duración: así, el cumplimiento del término pactado como causa específica de extinción de los contratos por tiempo determinado y la renuncia unilateral plasmada a través de preaviso por escrito como causa específica de finalización de la relación por tiempo indefinido. Por otra parte, se estudian causas comunes de extinción a los contratos de agencia con independencia de su duración. En concreto, se hace referencia al incumplimiento de las obligaciones, a las causas concursales, a la edad, enfermedad, invalidez y cese del negocio de las partes, a la disolución de la sociedad o a la transmisión de la empresa.