El "estado de suspensión fáctica" del Estado social autonómico
ISSN: 0423-4847
Año de publicación: 2013
Volumen: 61
Número: 2
Páginas: 369-384
Tipo: Artículo
Otras publicaciones en: Estudios de Deusto: revista de Derecho Público
Resumen
This article reviews the legal elements that contribute to undermine the Welfare potential of the Spanish state through mainly limiting the scope of the social powers of the Autonomous Communities, stressing that it is the State internationally responsible for the failure of such benefits.
Referencias bibliográficas
- FERRAJOLI, L., «Más allá de la soberanía y la ciudadanía: un constitucionalismo global», Isonomía, núm. 9, México, octubre 1998, págs. 173-186.
- RUÍZ PÉREZ, J., «¿La Constitución en crisis? El Estado Constitucional Democrático y Social en los tiempos del neoliberalismo tecnocrático» en Revista de Estudios Políticos, núm. 20, 2003, págs. 127-171.
- TEROL BECERRA, M. J., «Globalización versus Universalización constitucional en el Mediterráneo. Propuesta metodológica para un análisis de la diversidad» en Revista de derecho político, Nº 60, 2004, pág. 77.
- ESTÉVEZ ARÁUJO, J. A., «Globalización neoliberal y democracia» en http://fi rgoa.usc.es/drupal/ node/50499, última consulta el 07 de diciembre de 2012.
- CHOMSKY, N., «Los mercados y la sustancia de la sociedad» en AA.VV., Los límites de la globalización, Ariel, Barcelona, 2002, pág. 33.
- PÉREZ CALVO, A., «Estado autonómico, Unión Europea y mundialización» en http://www.falternativas.org/ laboratorio/documentos/documentos-de-trabajo/estado-autonomico-union-europea-ymundializacion, última consulta el 07 de diciembre de 2012, pág. 5.
- JORDANO FRAGA, J., « El Derecho administrativo de la crisis» en XIX Congreso italo-español de profesores de Derecho Administrativo, Madrid 18, 19 y 20 de octubre de 2012. http://uspceu.es/pages/ congresos/italo-espanol/_docs/ponencias/J.%20JORDANO.%20EL%20DERECHO%20 ADMINISTRATIVO%20DE%20LA%20CRISIS.pdf. Última consulta el 29/10/2012.
- TEROL BECERRA, M. J., Del bienestar en la Constitución Española y de su implementación (1978-2011), Tirant lo Blanch, Valencia, 2011.
- BARCELÓ I SERRAMALERA, M., «La Contribución de las Comunidades Autónomas en el reconocimiento y regulación de los derechos sociales» en Lex Social – Revista de los Derechos Sociales, nº 1, julio 2011, Pág. 2, http://www.upo.es/revistas/index.php/ lex_social/article/view/236, última consulta el 07 de diciembre de 2012.
- TEROL BECERRA, M. J., «Treinta años de desarrollo constitucional y legislativo de los derechos sociales: Derechos ciudadanos y principios rectores» en Derechos sociales y principios rectores. Actas del IX Congreso de la Asociación de Constitucionalistas de España.
- CIENFUEGOS MATEO, M., Comunidades Autónomas, Tribunales de la Unión Europea y responsabilidad por el incumplimiento autonómico del Derecho comunitario. Reflexiones a partir de la práctica reciente, Pág. 16.
- FERCOT, C., «Le juge et le droit au minimum. les ambiguïtés du droit à des conditions minimales d’existence en droit comparé», en Droits des pauvres, pauvres droits ? Recherches sur la justiciabilité des droits sociaux, Section 2, pág. 222.
- SEMPERE NAVARRO, A. V., (Dir.), Prontuario de Jurisprudencia social del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, Aranzadi, Navarra, 2009.
- TAJADURA TEJADA, J., «Los derechos sociales en el contexto de la globalización», en Teoría y Derecho. Los derechos sociales en tiempos de crisis, 2011, págs. 147-162.
- DE VEGA, P., Prólogo a Dromi San Martino, Laura: Derecho Constitucional de la Integración, Marcial Pons/Facultad de Derecho de la Universidad Complutense/Editorial Ciudad Argentina, Madrid/Buenos Aires, 2000, pág. 21.