El servicio de iniciación de pagos en la Directiva 2015/2366 sobre servicios de pago en el mercado interior

  1. LUCÍA ALVARADO HERRERA 1
  1. 1 Universidad Pablo de Olavide
    info

    Universidad Pablo de Olavide

    Sevilla, España

    ROR https://ror.org/02z749649

Revista:
La Ley mercantil

ISSN: 2341-4537

Año de publicación: 2017

Número: 34

Páginas: 3

Tipo: Artículo

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Resumen

El servicio de iniciación de pagos constituye un procedimiento de pago electrónico que permite al titular de una cuenta iniciar transferencias de fondos por medio de un intermediario: el proveedor de servicios de iniciación de pagos. La nueva Directiva sobre servicios de pago, con la finalidad de que estos nuevos proveedores no encuentren obstáculos al prestar el servicio y de que éste se desarrolle en unas condiciones tales que el usuario —especialmente cuándo se trata de un consumidor— cuente con la debida protección, los dota de un régimen jurídico. El objeto de estas líneas es realizar una aproximación a esta novedosa regulación, prestando especial atención a las obligaciones de los proveedores que intervienen y al sistema de responsabilidad. Palabras claveservicio de iniciación de pagos, proveedor de servicios de iniciación de pagos, proveedor de servicios de pago gestor de cuenta, credenciales de seguridad personalizadas, operaciones de pago no autorizadas, operaciones de pago no ejecutadas, derecho de devolución.