Alcance de la obligación de los propietarios de edificios declarados en ruina urbanística
ISSN: 1130-9946
Año de publicación: 2019
Número: 5
Tipo: Artículo
Otras publicaciones en: Actualidad administrativa
Resumen
La deficiente situación de los inmuebles legitima a la Administración a imponer órdenes de ejecución para mantener aquéllos en adecuadas condiciones de seguridad, salubridad y ornato o para declarar la ruina legal en el caso de que las obras de conservación necesarias superen el límite del deber legal de conservación. Tanto en el caso de órdenes de ejecución como en el declaración de ruina si el propietario opta por la rehabilitación, la Administración actuante podrá verse compelida a cofinanciar los costes necesarios en lo que exceda de dicho límite.