La naturaleza jurídica de las juntas arbitrales de consumo. Según el real decreto 636/1993, de 3 de mayo

  1. RODRÍGUEZ RODRIGUEZ JOSE LUIS
Zuzendaria:
  1. Antonio María Lorca Navarrete Zuzendaria

Defentsa unibertsitatea: Universidad del País Vasco - Euskal Herriko Unibertsitatea

Fecha de defensa: 2005(e)ko abendua-(a)k 19

Epaimahaia:
  1. Pablo Saavedra Gallo Presidentea
  2. José Angel Ruiz Jiménez Idazkaria
  3. Manuel Lozano-Higuero Pinto Kidea
  4. Sergio La China Kidea
  5. David Vallespín Pérez Kidea

Mota: Tesia

Teseo: 132558 DIALNET

Laburpena

El propósito de este estudio es investigar la naturaleza jurídica de las Juntas Arbitrales de Consumo a las que se refiere el Capítulo II del Real Decreto 636/1993, de 3 de Mayo, artículo 3 y 4. La naturaleza jurídica de las Juntas Arbitrales de Consumo no han sido estudiada hasta el momento. Pocos autores se han pronunciado sobre el tema, y los que lo han hecho sólo han tocado la cuestión de forma partical, superficial o tangencialmente, existiendo alguno que lleva a cabo el estuido de los órganos de la administración institucional de arbitraje desde la regulación de la ley de arbitraje. Otros autores, al estudiar el sistema arbitral de consumo se limitan a dar cuenta de la regulación que hace el R.D. 636/1993 y cuando aluden a las MAC dan por hecho que estamos ante un órgano administrativo sin más. Tras considerar el estudio actual de las investigaciones relacionadas con el tema que es objeto de nuestro trabajo podemos concluir que la naturaleza jurídica de las juntas arbitrales de Consumo no han despertado excesivo interés en los investigadores, lo que nos va a poder permitir realizar su estudio casi "ex novo".