La mutilación genital femeninaAspectos jurídico-penales

  1. SILVA CUESTA, ANA
Dirigida por:
  1. María de los Ángeles Cuadrado Ruiz Director/a

Universidad de defensa: Universidad de Granada

Fecha de defensa: 29 de mayo de 2017

Tribunal:
  1. Carlos María Romeo Casabona Presidente/a
  2. María Luisa Maqueda Abreu Secretario/a
  3. Isidoro Moreno Navarro Vocal
  4. Enriqueta Barranco Castillo Vocal
  5. María del Carmen Gómez Rivero Vocal

Tipo: Tesis

Resumen

Esta tesis doctoral titulada “La mutilación genital femenina: aspectos jurídico-penales” tiene por objeto de estudio el tratamiento jurídico-penal de la mutilación genital femenina en el ordenamiento jurídico español, desde una perspectiva multidisciplinar, decolonial y de género, con atención a su dimensión internacional y a su abordaje por los diferentes ordenamientos jurídicos comunitarios e internacionales. En esta propuesta la perspectiva antropológica ha sido fundamental para enriquecer las aportaciones jurídicas en cuanto que la exigencia de la investigación antropológica han permitido presentar la problemática de mutilación genital femenina ante el Derecho como un auténtico fenómeno complejo y diverso, que no puede ser estudiado desde la uniformidad y la simplicidad. Del mismo modo, no hubiera sido posible abordar el objeto de estudio sin la imprescindible perspectiva médica. Se han tenido en cuenta los trabajos que hasta el momento se han presentado en nuestro país y algunos otros de índole internacional desde el plano de la enfermería y la medicina. Al considerarse la mutilación genital femenina como un delito de lesiones, en base a los estudios médicos, se ha determinado el alcance del resultado lesivo, en atención a los tipos de mutilación genital femenina que la Organización Mundial de la Salud ha categorizado. La perspectiva médica ha sido de especial relevancia también en el estudio del bien jurídico protegido en el delito de mutilación genital femenina. En la elaboración de este trabajo uno de los ejes claves sobre los que se ha pretendido encauzar la determinación de la responsabilidad penal ha sido la incidencia del factor cultural en el hecho delictivo. Más exactamente, de la consideración de la mutilación genital femenina como un delito culturalmente condicionado. Y no podría ser de otro modo pues la escasa jurisprudencia sobre mutilación genital femenina de nuestros tribunales da cuenta de la tesitura en la que se encuentran los jueces a la hora de juzgar hechos cometidos con una base estrictamente cultural relacionada con grupos de población minoritarios. Junto de a la consideración del hecho cultural, este trabajo ha prestado especial atención al análisis de las nuevas formas de mutilación genital femenina aceptadas en nuestra sociedad occidental como es todo el conjunto de intervenciones en los genitales femeninos realizados por razones estéticas. Se ha presentado de forma rigurosa los efectos jurídico-penales del consentimiento ofrecido por la mujer tanto en el caso de las intervenciones rituales como de las intervenciones estéticas. Tras la introducción, la presentación de los objetivos de la investigación y la metodología, se ha presentado una primera parte en la que se aportan unas consideraciones previas sobre la mutilación genital femenina en cuanto a su concepto, origen y contextualización en el mundo junto al estudio del marco legal internacional y los derechos humanos. La segunda parte, de carácter estrictamente jurídico-penal, aborda el tratamiento jurídico-penal de la mutilación genital femenina en el ordenamiento jurídico-español. En ella se estudia el delito de mutilación genital femenina en el ámbito del delito de lesiones, la configuración del bien jurídico protegido, la conducta típica, el consentimiento, el factor cultural en la determinación de la responsabilidad penal, la vinculación con la violencia de género y otros aspectos de elevada relevancia penal. Finalmente, se presentan las conclusiones obtenidas del trabajo, con propuestas para el legislador de lege ferenda, las referencias bibliográficas, los anexos jurisprudenciales y legislativos.