Breves reflexiones sobre la posibilidad de realizar por subasta judicial un crédito hipotecario
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Universidad Pablo de Olavide
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ISSN: 1139-7179
Año de publicación: 2020
Número: 52
Tipo: Artículo
Otras publicaciones en: Revista Aranzadi de derecho patrimonial
Resumen
En este trabajo se lleva a cabo un análisis de los distintos argumentos jurídicos y fundamentos procesales que apoyan la tesis de que el crédito hipotecario, entendido como entidad compleja que aglutina un derecho personal, como el crédito y un derecho real como la hipoteca y que ha sido embargado en un procedimiento de ejecución dineraria y anotado en el Registro de la Propiedad puede realizarse por subasta judicial. También, se analiza la transcendencia que tiene la declaración de inconstitucionalidad y nulidad del art. 454 bis 1 primer párrafo de la LEC por vulnerar el derecho a la tutela judicial efectiva del art. 24.1.de la CE, declarada por el Pleno del Tribunal Constitucional en la Sentencia 15/2020 de 28 de enero de 2020, por cuanto la imposibilidad de recurrir el decreto que resolvía la reposición creaba, en el procedimiento de ejecución, una parcela inmune al control judicial que podía suponer una traba procesal para la continuación del procedimiento de ejecución a la que el Tribunal Constitucional ha puesto fin. A partir de esta Sentencia, contra el decreto del Letrado de la Administración de Justicia cabe interponer recurso de revisión.