Críticas a la medida de libertad vigilada aplicable a los condenados por delitos de terrorismo
ISSN: 1989-6913
Ano de publicación: 2016
Número: 8855
Tipo: Artigo
Outras publicacións en: Diario La Ley
Resumo
La reforma del Código Penal español en 2010 introdujo la libertad vigilada entre las medidas de seguridad no privativas de libertad. Esta medida es aplicable, entre otros, a los terroristas, justificándose en la protección de las víctimas potenciales, la peligrosidad del sujeto y las dificultades de reintegración. Sin embargo la realidad es que la medida corre el riesgo de convertirse en un control excesivo y prolongado de los delincuentes que ya han cumplido su condena.