Diez conclusiones sobre el límite temporal de la investigación en el Anteproyecto de Ley de Enjuiciamiento Criminal 2020propuestas de mejora (1)

  1. Pablo Azaústre Ruiz
Revista:
Diario La Ley

ISSN: 1989-6913

Año de publicación: 2022

Número: 10019

Tipo: Artículo

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Resumen

El Anteproyecto de Ley de Enjuiciamiento Criminal 2020 exige que el procedimiento de investigación que se dirija frente a una determinada persona no podrá durar más allá del tiempo estrictamente necesario para adoptar una decisión fundada acerca de que pueda ejercitarse, o no, la acción penal. No obstante, establece aparentemente el plazo máximo de la instrucción en doce meses, o en dieciocho cuando se trate de investigaciones de la Fiscalía de la Audiencia Nacional o de las Fiscalías Especiales. Transcurrido dicho plazo, sin que haya concluido la investigación, dirigida por el Ministerio Fiscal, la defensa del investigado podría solicitar al Juez de Garantías la fijación de un plazo para la conclusión de la investigación. De esta forma, y para el caso de que la defensa considere que la investigación se está prolongando más de lo debido, el ALECrim establece la tramitación de un incidente, ex artículo 575, a fin de que, previa solicitud de la dirección jurídica del investigado, se convoque a la partes y al Ministerio Fiscal a una vista ante el Juez de Garantías para tratar la demora en la investigación.