Los conflictos penales susceptibles de mediación

  1. NAVARRETE CORRAL, ESTEFANÍA 1
  1. 1 Universidad Pablo de Olavide
    info

    Universidad Pablo de Olavide

    Sevilla, España

    ROR https://ror.org/02z749649

Journal:
Revista Acta Judicial

ISSN: 2603-7173

Year of publication: 2022

Issue: 9

Pages: 119-134

Type: Article

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Abstract

The intended legislative impulse of the mediation procedure has not taken place in the framework of criminal conflicts in Spain. There are few examples at the executive level of public implementation of restorative justice services. A scarce and scattered regulation that may end up affecting issues of great importance, such as, for example, the pacification of the criminal conflict.   To this end, it is proposed a study, by means of a mapping system, that transfers the conceptual and procedural structures of mediation to the different types of criminal offenses. However, the use of the medial method is gradual under Spanish law, as it is proscribed depending on the case. The medial method should be assessed from a casuistic perspective and taking as a reference a comprehensive, dynamic and summary design.

Bibliographic References

  • • ALCALÁ - ZAMORA y CASTILLO, El Allanamiento en el Proceso Penal, EJEA, Buenos Aires, Argentina, 1962.
  • • AGUILERA MORALES, El principio de consenso. La conformidad en el proceso penal español, Cedecs, Barcelona, 1998.
  • • BARONA VILAR, La conformidad en el proceso penal, Tirant lo Blanch, Valencia, 1994.
  • • BARONA VILAR, Mediación penal: fundamento, fines y régimen jurídico, Tirant lo Blanch, Valencia, 2011.
  • • CERVELLÓ DONDERIS, Principios y garantías de la mediación penal desde un enfoque resocializador y victimológico, Tirant Online, 2013, (ref. de 17 de noviembre de 2021), disponible en Web: www.tirantonline.com.
  • • DE DIEGO DÍEZ, La conformidad del acusado, Tirant lo Blanch, Valencia, 1997.
  • • DORADO PICÓN, Un cambio en la administración de justicia: la oficina judicial, Universidad Pablo de Olavide, Sevilla, 2017.
  • • GONZÁLEZ CANO, «La mediación penal en España», en La mediación penal para adultos, (Barona Vilar, Dir.), Tirant lo Blanch, Valencia, 2009.
  • • Guía para la práctica de la mediación intrajudicial, Consejo General del Poder Judicial.
  • • MARCOS FRANCISCO, «Requisitos de perseguibilidad de los delitos tras la reciente Ley de reforma del Código Penal», en La Ley Penal, Editorial Wolters Kluwer, Madrid, núm. 116, Sección Derecho Procesal Penal, Septiembre - Octubre, 2015.
  • • MIRA ROS, Régimen actual de la conformidad, Colex, Madrid, 1998.
  • • PASQUAL DEL RIQUELME HERRERO, Mediación penal: marco conceptual y referentes. Guía conceptual para el diseño y ejecución de planes estratégicos nacionales de mejora y fortalecimiento de la mediación penal, EUROsociAL II, Secretaría General de la Conferencia de Ministros de Justicia de los Paises Iberoamericanos (COMJIB), julio, 2013.
  • ROLDÁN BARBERO, «La mediación penal: entre el orden legal y la voluntad de mejorar», en Revista Penal, núm. 11, 2003.
  • SÁNCHEZ GÓMEZ, «Mediación Penal y Violencia de Género. Un adecuado sistema de resolución de conflictos», en Construyendo la igualdad. La feminización del Derecho privado, Tirant lo Blanch, Valencia, 2016.
  • SÁNCHEZ GÓMEZ, El derecho de defensa en la investigación de los delitos de terrorismo, Universidad Carlos III, Madrid, 2014.