La lucha del derecho penal contra el terrorismo y su financiación(especial referencia a la problemática en España y Marruecos)

  1. El Yousfi Alaoui, Moulay Sadik
Dirigida per:
  1. Miguel Polaino Navarrete Director/a

Universitat de defensa: Universidad de Sevilla

Fecha de defensa: 05 de de gener de 2016

Tribunal:
  1. Carlos García Valdés President/a
  2. Miguel Polaino-Orts Secretari/ària
  3. Esteban Mestre Delgado Vocal
  4. Elena Núñez Castaño Vocal
  5. María Elena Torres Fernández Vocal

Tipus: Tesi

Teseo: 395378 DIALNET

Resum

Vivimos en un contexto internacional multipolar y globalizado, donde todos los acontecimientos mayores que sobrevienen en un país o una región tienen necesariamente un impacto más o menos fuerte con efectos a menudo inmediatos y recíprocos sobre otros países en la región. Esta interdependencia es más cierta cuando se trata de vecinos tan próximos como Marruecos y España, que comparten una realidad geoestratégica e histórica común. Su prosperidad depende de la estabilidad de la cuenca mediterránea, que pasa necesariamente por el fortalecimiento de la seguridad entre todos los países de la región. Pero esta estabilidad se ve amenazada por numerosos problemas, como la inmigración clandestina, el tráfico de droga, el blanqueo de dinero y el terrorismo. Estas cuestiones, entre otras, exigen soluciones urgentes y medidas rigurosas así como una coordinación con todos los vecinos mediterráneos para responder eficazmente a los desafíos de seguridad. En un contexto caracterizado por el resurgimiento de los desafíos de la seguridad, en particular a través del terrorismo internacional que actúa entre ambas orillas del Mediterráneo, constituye hoy una amenaza efectiva que no deja de perjudicar a la seguridad y a la estabilidad de toda la región. Marruecos y la España se vuelven cada vez más conscientes de la importancia vital de una mayor cooperación, a través de una cooperación que debe hacer frente a amenazas transnacionales y a desafíos comunes, como los provenientes del terrorismo, especialmente en su nueva versión sobre todo después de numerosos ataques terroristas que han afectado en los últimos años a varios países (atentados de Madrid, Londres, Marrakech...). Ante las nuevas amenazas, en particular el terrorismo, se espera mucho del Derecho penal. La cuestión no es si hay que hacer algo, sino cómo hay que hacerlo. Desde luego las leyes penales no pueden afrontar toda la compleja trama del terrorismo, pero si pueden y deben ser un arma útil. Y han de serlo, esquemáticamente expuesto, a través de las siguientes estrategias: a) definiendo nítidamente las conductas delictivas en las que se manifiesta y reprimiéndolas adecuadamente; b) contribuyendo a fortalecer los poderes del Estado de Derecho identificando terrorismo con violencia ilegitima; c) proporcionando una normativa eficaz contra la financiación de los grupos terroristas; d) proporcionando unas reglas de investigación y procedimiento que aúnen la eficacia precisa con el respeto al contenido esencial de derechos y garantías fundamentales; e) con medidas penitenciarias que conjuntamente tiendan a asegurar, debilitar e incluso reinsertar a los terroristas; f) facilitando la prevención, que permita adelantarse a sus acciones con la información y la inteligencia aportada por los diferentes servicios de seguridad del Estado. El terrorismo, una de las cuestiones más ampliamente debatidas de nuestro tiempo, es también una de las menos comprendidas. A lo largo de la historia, la humanidad ha conocido aspectos de violencia que en diversos casos alcanzaron el nivel de los hoy en día se califica de actos de terrorismo. Este fenómeno que nunca ha tenido nacionalidad ni fronteras, ha ido amenazando la humanidad cada vez con más intensidad, truncando vidas de inocentes, y causando sufrimiento y terror para conseguir finalidades que en cualquier caso nunca podrían justificar el terrorismo, este desaprecio ciego de la vida y de todos los valores de la ética moral humana. Los incidentes dramáticos de terrorismo que han tenido lugar en las grandes ciudades alrededor del mundo, tales como Nueva York en Estados Unidos, Riad en Arabia Saudita, Casablanca en Marruecos, Madrid en España... etc., han dado un gran impulso a la acción internacional para luchar contra el terrorismo, sobre todo que éste se rechaza de plano tanto por las religiones como por los ordenamientos jurídicos y las culturas en su totalidad. Tal cooperación produjo una multitud de Convenciones y Tratados internacionales, configuró distintos mecanismos para luchar contra el terrorismo, e incluso creó varias organizaciones y comisiones internacionales por la misma finalidad. España y Marruecos, como miembros activos de la comunidad internacional, representada por la Organización de las Naciones Unidas ONU y consciente de la gravedad e importancia de este tema, han estado siempre en primera línea de los países que velan por combatir este fenómeno y reprimirlo, repartiendo sus acciones en este tema de una manera que cumple tanto con lo que requiere el trabajo colectivo entre los países miembros de la comunidad internacional, como con las necesidades internas de intervención para tomar todo tipo de medidas con el fin de proteger al pueblo del terrorismo. De esta manera, España y Marruecos han conseguido disponer, tanto en la legislación interna como a través de los tratados y convenios internacionales, de una serie importante de mecanismos que les ayudan en sus labor de la lucha contra el terrorismo.