La asociación ilícita de finalidad delictiva: ¿una figura condenada al “ostracismo”?

  1. Jara Bocanegra Márquez 1
  1. 1 Universidad de Sevilla
    info

    Universidad de Sevilla

    Sevilla, España

    ROR https://ror.org/03yxnpp24

Revista:
Revista electrónica de ciencia penal y criminología

ISSN: 1695-0194

Año de publicación: 2023

Número: 25

Tipo: Artículo

Otras publicaciones en: Revista electrónica de ciencia penal y criminología

Resumen

Las asociaciones ilícitas constituyen una figura penal tradicional de nuestro ordenamiento jurídico. A pesar de haber presentado una configuración legal peculiar, en tanto ubicadas entre los delitos cometidos con ocasión del ejercicio de derechos fundamentales –en este caso del de asociación –, lo que ha provocado una fuerte reticencia de los tribunales a su aplicación a la delincuencia organizada común, durante la vigencia del CP actual la figura fue efectivamente aplicada en ocasiones a bandas comunes de delincuentes. La introducción, con la LO 5/2010, de 22 de junio, de los nuevos delitos de organización y grupo criminal plantea el interrogante sobre cuál haya de ser ahora el ámbito de aplicación del clásico delito de asociación ilícita de fin delictivo. ¿Ha de reservarse para una específica manifestación de la delincuencia organizada, asociada en su caso con el ámbito político, o, por contra, ha de aceptarse la existencia de un completo solapamiento normativo con los arts. 570 bis y ss. CP?

Referencias bibliográficas

  • BOCANEGRA MÁRQUEZ, J. (2019), “El concepto de “grupo criminal” del art. 570 ter.1.II CP. La necesidad de su interpretación restrictiva”, en Galán Muñoz; Mendoza Calderón (dirs.): Globalización y lucha contra las nuevas formas de criminalidad transnacional, Valencia, pp. 527-546.
  • BOCANEGRA MÁRQUEZ, J. (2020), Los delitos de organización y grupo criminal. Cuestiones dogmáticas y de política criminal, Barcelona.
  • BRANDARIZ GARCÍA, J.A. (2009), “Asociaciones y organizaciones criminales. Las disfunciones del artículo 515.1 CP y la nueva reforma penal”, en Álvarez García; Manjón-Cabeza Olmeda; Ventura Püschel (dirs.): La adecuación del Derecho penal español al ordenamiento de la Unión Europea. La política criminal europea, Valencia, pp. 725-758.
  • CANCIO MELIÁ, M. (2011), “Delitos de organización: criminalidad organizada común y delitos de terrorismo”, en Díaz-Maroto Y Villarejo (dir.): Estudios sobre las reformas del Código Penal (operadas por las LO 5/2010, de 22 de junio, y 3/2011, de 28 de enero), Navarra, pp. 643-670.
  • CARUSO FONTÁN, V. (2015), “Problemas concursales en relación a los delitos de tráfico de drogas cometidos en el seno de organizaciones criminales”, Revista General de Derecho Penal, n. 23, pp. 1-36.
  • CHOCLÁN MONTALVO, J.A. (2000), La organización criminal. Tratamiento penal y procesal, Madrid.
  • CORCOY, M.; CARPIO, D.; BESIO, M.; ORTAZA, O. (2011), “Arts. 515-521”, en Corcoy Bidasolo / Mir Puig (dirs.): Comentarios al Código Penal. Reforma LO 5/2010, Valencia, pp. 1052-1059.
  • MARTELL PÉREZ-ALCALDE, C.; QUINTERO GARCÍA, D. (2010), “De las organizaciones y grupos criminales”, en Quintero Olivares (dir.): La reforma penal de 2010: Análisis y comentarios, Navarra, pp. 357-368.
  • CÓRDOBA RODA, J. (1977), “Libertad de asociación y Ley penal”, Anuario de Derecho penal y Ciencias penales, Tomo 30, n. 1, pp. 5-18.
  • CORRAL MARAVER, N. (2015), Las penas largas de prisión en España: evolución histórica y político-criminal, Madrid.
  • FARALDO CABANA, P. (2012), Asociaciones ilícitas y organizaciones criminales en el Código penal español, Valencia.
  • FERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, A. (2015), “Organizaciones y grupos criminales (arts. 570 bis, 570 ter, 572 y 574)”, en González Cussac (dir.): Comentarios a la reforma del Código Penal de 2015, Valencia, pp. 1290-1299.
  • FERRER SAMA, A. (1948), Comentarios al Código Penal. Tomo III, Murcia.
  • GARCÍA ALBERO, R. M. (2011), “De las organizaciones y grupos criminales”, en Quintero Olivares (dir.): Comentarios al Código Penal español, Tomo II, 7.ª edición, Pamplona, pp. 21512167.
  • GARCÍA-PABLOS DE MOLINA, A. (1975), La asociación para delinquir, Madrid.
  • GARCÍA-PABLOS DE MOLINA, A. (1976), “El bien jurídico protegido en los delitos de asociaciones ilícitas y, particularmente, en la llamada asociación criminal”, Revista de legislación y jurisprudencia, n. 6, pp. 563-591.
  • GARCÍA-PABLOS DE MOLINA, A. (1977), Asociaciones ilícitas en el Código Penal, Barcelona.
  • GARCÍA DEL BLANCO, V. (2010), “Capítulo 25. Criminalidad organizada: organizaciones y grupos criminales”, en Ortiz De Urbina Gimeno (coord.): Reforma Penal. Memento Práctico, Madrid, pp. 5700-6009.
  • GARCÍA RIVAS, N. (2010), “Organizaciones y grupos criminales”, en Álvarez García; González Cussac (dirs.): Comentarios a la reforma penal de 2010, Valencia, pp. 503-520.
  • GONZÁLEZ RUS, J.J. (1977), “La reforma del Código penal de 19 de julio de 1976, en materia de asociaciones”, Anuario de derecho penal y ciencias penales, Tomo 30, n. 3, pp. 651-698.
  • GONZÁLEZ RUS, J.J. (2001), “Asociación para delinquir y criminalidad organizada (sobre la propuesta de desaparición del delito basada en una peculiar interpretación de la STS de 23 de octubre de 1997 –caso Filesa –)”, La Ley, n. 3318.
  • GONZÁLEZ RUS, J.J. (2012), “La criminalidad organizada en el Código penal español. Propuestas de reforma”, Anales de Derecho, n. 30, pp. 15-41.
  • JIMÉNEZ ASÚA, L. (1970), Tratado de Derecho Penal. Tomo VII: El delito y su exteriorización, Buenos Aires.
  • JOSHI JUBERT, U. (1995), “Sobre el concepto de organización en el delito de tráfico de drogas en la jurisprudencia del Tribunal Supremo”, Anuario de Derecho Penal y Ciencias Penales, Tomo 48, n. 1, pp. 657-683.
  • JUANES PECES, A. (2010), Ponencia “Efectos de la Reforma del Código Penal en Materia de Grupos Criminales y Terrorismo”, XXXII Jornadas de la Abogacía General del Estado, 18 de noviembre de 2010, Madrid.
  • LAMARCA PÉREZ, C. (2015), “Tema 25. Delitos contra el orden público”, en Lamarca Pérez (coord.): Delitos. La parte especial del Derecho penal, 3ª edición, Madrid.
  • LAMPE, E-J. (2003), “Injusto del Sistema y sistemas de injusto”, en Lampe (dir.): La dogmática jurídico-penal entre la ontología social y el funcionalismo, Lima.
  • LEÓN ALAPONT, J. (2017), “La responsabilidad penal de los partidos políticos en España: ¿disfuncionalidad normativa?”, Revista General de Derecho Penal, n. 27, pp. 1-42.
  • LEÓN ALAPONT, J. (2019), La responsabilidad penal de los partidos políticos, Valencia.
  • LLOBET ANGLÍ, M. (2012), “Capítulo 25. Tenencia, tráfico y depósito de armas o municiones, organizaciones y grupos criminales y delitos de terrorismo”, en Silva Sánchez (dir.): El nuevo Código Penal. Comentarios a la reforma, Madrid, pp. 677-701.
  • LORENZO SALGADO, J.M. (1977), “Algunos aspectos de la reforma del Código Penal en materia de asociaciones ilícitas (Ley 23/1976, de 19 de julio)”, Estudios Penales y Criminológicos, n. 1, pp. 275-307.
  • LUZÓN CÁNOVAS, M. (2011), “La tipificación penal de la organización y el grupo criminal. Problemas concursales”, Revista de Jurisprudencia El Derecho, n. 3, pp. 1-6.
  • MAGALDI PATERNOSTRO, M.J. (2011), “Organizaciones y grupos criminales: una regulación desafortunada (Los artículos 570 bis, 570 ter y 570 quáter CP)”, Revista jurídica de Catalunya, n. 4, pp. 955-975.
  • MARTELL PÉREZ-ALCALDE, C.; QUINTERO GARCÍA, D. (2010), “De las organizaciones y grupos criminales”, en Quintero Olivares (dir.): La reforma penal de 2010: Análisis y comentarios, Navarra, pp. 357-368.
  • MUÑOZ CONDE, F. (2007), Derecho Penal. Parte Especial, 16ª edición, Valencia.
  • MUÑOZ CONDE, F. (2015), Derecho Penal. Parte Especial, 20ª edición, Valencia.
  • MUÑOZ CUESTA, J. (2011), “Organizaciones y grupos criminales: tipificación penal imprescindible contra esta forma de delincuencia”, Revista Aranzadi Doctrinal, n. 1, pp. 33-44.
  • QUINTANO RIPOLLÉS, A. (1946), Comentarios al Código Penal, Vol. II, Madrid.
  • QUINTERO OLIVARES, G. (1999), “La criminalidad organizada y la función del delito de asociación ilícita”, en Ferré Olivé; Anarte Borrallo (coords.): Delincuencia organizada. Aspectos penales, procesales y criminológicos, Huelva, pp. 177-190.
  • PALMA HERRERA, J.M. (2000), Los delitos de blanqueo de capitales, Madrid.
  • PÉREZ CEPEDA, A.I. (2007), La seguridad como fundamento de la deriva del Derecho penal postmoderno, Madrid.
  • REBOLLO VARGAS, R. (2004), “Capítulo IV: De los delitos relativos al ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas”, en Córdoba Roda; García Arán (dirs.): Comentarios al Código penal. Parte Especial, Tomo II, Madrid.
  • REQUEJO CONDE, C. (2020), Aspectos básicos del delito de organización y grupo criminal: Los diez años de su tipificación en el Código Penal español, Navarra.
  • REY HUIDOBRO, L.F. (2018), “Aspectos penales del delito de pertenencia a organización o grupo criminal”, La Ley Penal, n. 134, pp. 1-32.
  • RIVERO ORTIZ, R. (2011), “Las asociaciones criminales en la modificación del nuevo Código Penal. Ley Orgánica 5/2010 de 22 de junio: ¿es la reforma añorada?”, La ley penal, n. 78, pp. 17.
  • RODRÍGUEZ RAMOS, L. (1975), Libertades cívicas y derecho penal, Madrid.
  • RUIZ BOSCH, S. (2015), “Organizaciones y grupos criminales”, Noticias jurídicas, http://noticias.juridicas.com/conocimiento/articulos-doctrinales/10446-organizacionesy-grupos-criminales/
  • SÁINZ-CANTERO CAPARRÓS, J.E. (2016), “Capítulo 70. Delitos contra el orden público (V). De las organizaciones y grupos criminales”, en Morillas Cueva (dir.): Sistema de Derecho Penal. Parte especial, 2ª edición, Madrid, pp. 1391-1414.
  • SÁNCHEZ GARCÍA DE PAZ, M.I. (2008), “Función político-criminal del delito de asociación para delinquir: desde el derecho penal político hasta la lucha contra el crimen organizado”, Derecho penal contemporáneo, n. 23, pp. 107-172.
  • SILVA SÁNCHEZ, J.M. (2005), “¿“Pertenencia” o “intervención”? Del delito de “pertenencia a una organizaci6n criminal” a la figura de la “participación a través de organización” en el delito”, Lusíada. Revista de Direito, n. 3, pp. 95-120.
  • SUÁREZ LÓPEZ, J.M. (2012), “Aspectos dogmáticos y político criminales en el tratamiento penal de la criminalidad organizada”, Anales de Derecho, n. 30, pp. 90-117.
  • TAMARIT SUMALLA, J.M. (2007), “Art. 515”, en Quintero Olivares (dir.): Comentarios a la Parte Especial del Derecho Penal, 6ª edición, Pamplona.
  • TAMARIT SUMALLA, J.M. (2011), “Art. 515”, en Quintero Olivares (dir.): Comentarios al Código penal español. Tomo II, 6ª edición, Pamplona.
  • VELASCO NÚÑEZ, E. (2011), “Crimen organizado: organización y grupo criminal tras la reforma del Código Penal en la LO 5/2010”, La ley penal, n. 86, pp. 1-17.
  • ZÚÑIGA RODRÍGUEZ, L. (2015), “Problemas de interpretación de los tipos de organización y grupo criminal. Estudio a la luz de la realidad criminológica y de la jurisprudencia”, en Pérez Álvarez; Zúñiga Rodríguez (dirs.): Instrumentos jurídicos y operativos en la lucha contra el tráfico internacional de drogas, Pamplona, pp. 91-138.
  • ZÚÑIGA RODRÍGUEZ, L. (2017), “Tratamiento jurídico penal de las sociedades instrumentales: entre la criminalidad organizada y la criminalidad empresarial”, en Zúñiga Rodríguez (dir.): Criminalidad organizada transnacional: una amenaza a la seguridad de los estados democráticos, Valencia, pp. 197-246.