La financiación pública de las confesiones religiosas y el principio de igualdad. A propósito de la STS de 14 de diciembre de 2016

  1. José Ramón Polo Sabau 1
  1. 1 Universidad de Málaga
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    Universidad de Málaga

    Málaga, España

    ROR https://ror.org/036b2ww28

Aldizkaria:
Revista de administración pública

ISSN: 0034-7639

Argitalpen urtea: 2017

Zenbakia: 203

Orrialdeak: 211-233

Mota: Artikulua

DOI: 10.18042/CEPC/RAP.203.07 DIALNET GOOGLE SCHOLAR lock_openDialnet editor

Beste argitalpen batzuk: Revista de administración pública

Laburpena

En este trabajo se estudia el contenido de la Sentencia del Tribunal Supremo de 14 de diciembre de 2016, en la que se desestimó un recurso de casación interpuesto por la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España contra la sentencia de la Audiencia Nacional que avaló la actuación administrativa que, previamente, había rechazado la pretensión de dicha entidad, encauzada por la vía del derecho de petición, de acceder al sistema de financiación mediante la llamada asignación tributaria en condiciones similares a las que ya rigen para la Iglesia católica.

Erreferentzia bibliografikoak

  • J. R. Polo Sabau (2014), «Refl exiones sobre el fundamento constitucional de la fi nanciación pública de las confesiones religiosas», Revista General de Derecho Constitucional,18, pág. 3.
  • J. R. Polo Sabau (2014), Dimensiones de la libertad religiosa en el Derecho español, Barcelona: J. M. Bosch.