¿Cualquier tiempo pasado fue mejor? La malversación de usos públicos distintos a los establecidos
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Universidad de Sevilla
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ISSN: 1698-1189
Año de publicación: 2024
Número: 41
Tipo: Artículo
Otras publicaciones en: Revista General de Derecho Penal
Resumen
The LO 14/2022 has modified the traditional regulation of the crime of embezzlement of public assets but returning to the original regulation of the CP 95 and even recovering some of the previous figures. The only relevant innovation is the introduction of a criminal law concept of public assets. However, this reform, without entailing anything really new, represents a radical change in the structure of the crime of embezzlement aimed at providing a greater number of instruments in the fight against public corruption. This introduces three levels of embezzlement that had not previously coexisted: appropriation for profit, temporary use of public property and budgetary deviations. This last modality, recovered from the CP/TR73, incorporated in art. 433 CP, constitutes the main object of this work, in which different questions and issues related to the typical regulation will be presented, as well as the possibility of delimiting its scope of application in order to avoid an excessive expansion and the punishment of conduct lacking the potential for harm. To this end, it is necessary to provide a series of criteria that serve to restrict the criminal offence, such as arbitrariness, damage or hindrance to the public service, the existence or not of financial damage and the presence or not of a profit motive. From these parameters, it remains to be seen whether the current art. 433 PC will have a better fate than its predecessor.
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