Retroactividad de la extinción de la pensión compensatoria.Comentario a la sts 676/2019 de 17 de diciembre [RJ\2019\5209_]

  1. MANUEL GARCÍA MAYO 1
  1. 1 Universidad de Sevilla
    info

    Universidad de Sevilla

    Sevilla, España

    ROR https://ror.org/03yxnpp24

Revista:
Revista Aranzadi de derecho patrimonial

ISSN: 1139-7179

Año de publicación: 2020

Número: 52

Tipo: Artículo

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Resumen

Existiendo una causa de extinción de la pensión compensatoria objetiva e indubitada, nada obsta a la posibilidad de reconocer la eficacia retroactiva de la extinción al mo-mento en que se produce la causa extintiva, siempre que así lo solicite el interesado. Una vez extinguida la pensión compensatoria, no existe, además, posibilidad jurídica de rehabilitarla.