El principio full damages rule y la delimitación del quantum respondatur por la contribución al daño del acreedor en el moderno Derecho de los contratos

  1. Pérez Velázquez, Juan Pablo
Revista:
Cuadernos de derecho transnacional

ISSN: 1989-4570

Año de publicación: 2022

Volumen: 14

Número: 2

Páginas: 694-711

Tipo: Artículo

DOI: 10.20318/CDT.2022.7201 DIALNET GOOGLE SCHOLAR lock_openAcceso abierto editor

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Resumen

La reparación integral del daño o full damages rule es el principio rector del cálculo de los daños y perjuicios. En el moderno derecho de los contratos se ha establecido la regla general de que la parte que sufre los daños derivados del incumplimiento tiene derecho a ser situada en una posición lo más parecida posible a la que tendría en caso de que el contrato se hubiese ejecutado en los términos pactados. De lo anterior deriva de que la medida, o el interés protegido por la indemnización de daños y perjuicios, sea el interés en el cumplimiento o interés contractual positivo del acreedor. En los textos del moderno derecho de la contratación (PICC, PECL, DCFR Y CESL) se regula de forma expresa la no responsabilidad del deudor por los daños sufridos por el acreedor en la medida en que este haya contribuido a los mismos. En nuestro Código civil no existe un precepto que de forma expresa recoja tal limitación del monto indemnizatorio. Han sido nuestra jurisprudencia y doctrina las que han tratado de delimitar su configuración y contenido mediante la figura denominada concurrencia de culpas o de causas. La importancia de la figura no es baladí puesto que junto a la carga de evitar o mitigar el daño y el test de previsibilidad configuran reglas de comportamiento que deben ser respetadas, teniendo como función principal la delimitación del quantum respondatur. La finalidad del presente trabajo es analizar la anatomía de la regla, su formulación en el nuevo derecho de los contratos, así como su fundamento, función y efectos sobre el quantum indemnizatorio.

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