Los límites del dolo eventual

  1. Díaz Pita, María del Mar
Dirigida per:
  1. Francisco Muñoz Conde Director

Universitat de defensa: Universidad de Sevilla

Any de defensa: 1993

Tribunal:
  1. Santiago Mir Puig President/a
  2. Francisco Candil Jiménez Secretari/ària
  3. Ignacio Berdugo Gómez de la Torre Vocal
  4. Tomás Salvador Vives Antón Vocal
  5. Borja Mapelli Caffarena Vocal

Tipus: Tesi

Teseo: 39049 DIALNET lock_openIdus editor

Resum

El art. 1 del código penal divide las acciones y omisiones en dolosas y culposas o imprudentes. Entre ambas formas de imputación, dolo y culpa, se sitúa el dolo eventual, figura intermedia castigada con la misma pena que el dolo, siempre mas grande que la imprudencia. Los criterios de delimitacion propuestos por la mas modernas corrientes doctrinales alemanas y españolas constituyen el núcleo fundamental de la investigación.