Los límites del dolo eventual
- Díaz Pita, María del Mar
- Francisco Muñoz Conde Director
Universitat de defensa: Universidad de Sevilla
Any de defensa: 1993
- Santiago Mir Puig President/a
- Francisco Candil Jiménez Secretari/ària
- Ignacio Berdugo Gómez de la Torre Vocal
- Tomás Salvador Vives Antón Vocal
- Borja Mapelli Caffarena Vocal
Tipus: Tesi
Resum
El art. 1 del código penal divide las acciones y omisiones en dolosas y culposas o imprudentes. Entre ambas formas de imputación, dolo y culpa, se sitúa el dolo eventual, figura intermedia castigada con la misma pena que el dolo, siempre mas grande que la imprudencia. Los criterios de delimitacion propuestos por la mas modernas corrientes doctrinales alemanas y españolas constituyen el núcleo fundamental de la investigación.