Los límites del dolo eventual

  1. Díaz Pita, María del Mar
Dirixida por:
  1. Francisco Muñoz Conde Director

Universidade de defensa: Universidad de Sevilla

Ano de defensa: 1993

Tribunal:
  1. Santiago Mir Puig Presidente/a
  2. Francisco Candil Jiménez Secretario/a
  3. Ignacio Berdugo Gómez de la Torre Vogal
  4. Tomás Salvador Vives Antón Vogal
  5. Borja Mapelli Caffarena Vogal

Tipo: Tese

Teseo: 39049 DIALNET lock_openIdus editor

Resumo

El art. 1 del código penal divide las acciones y omisiones en dolosas y culposas o imprudentes. Entre ambas formas de imputación, dolo y culpa, se sitúa el dolo eventual, figura intermedia castigada con la misma pena que el dolo, siempre mas grande que la imprudencia. Los criterios de delimitacion propuestos por la mas modernas corrientes doctrinales alemanas y españolas constituyen el núcleo fundamental de la investigación.