La revelación de secretos o informaciones que no deben ser divulgadas por funcionario público o autoridad

  1. Rebollo Vargas, Rafael
Dirigida per:
  1. Mercedes García Arán Director/a

Universitat de defensa: Universitat Autònoma de Barcelona

Fecha de defensa: 17 de d’octubre de 1995

Tribunal:
  1. Juan Córdoba Roda President/a
  2. Nicolás García Rivas Secretari/ària
  3. Hernán Hormazábal Malarée Vocal
  4. Francisco Muñoz Conde Vocal
  5. Fermín Morales Prats Vocal

Tipus: Tesi

Teseo: 55820 DIALNET

Resum

EL DELITO SE CONFIGURA COMO INFRACCION CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA, ENTENDIDA POR VINCULACION A LA CONSTITUCION Y A LOS INTERESES GENERALES. SE TRATA DE UN DELITO DE DAÑO QUE SOLO PUEDE CASTIGARSE CUANDO ES COMETIDO DOLOSAMENTE, INCLUSO POR OMISION. LA DISTINCION RESPECTO A LA INFRACCION ADMINISTRATIVA HOMOLOGA SOLO CABE ESTABLECERLA SIGUIENDO EL CRITERIO DE GRADUALIDAD. EL SUJETO ACTIVO DEBE AMPLIARSE A TODO SUJETO QUE REALICE ACTIVIDADES PUBLICAS, PROPONIENDO UNA REFORMA DEL CODIGO PENAL EN ESTE SENTIDO (SIGUIENDO LA PAUTA DEL PROYECTO DE 1994). NO COMETE ESTE DELITO EL FUNCIONARIO QUE REVELA SECRETOS A REQUERIMIENTO DEL JUEZ POR EXISTIR UNA PREPONDERANCIA DEL INTERES DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA.