La revelación de secretos o informaciones que no deben ser divulgadas por funcionario público o autoridad
- Rebollo Vargas, Rafael
- Mercedes García Arán Directeur/trice
Université de défendre: Universitat Autònoma de Barcelona
Fecha de defensa: 17 octobre 1995
- Juan Córdoba Roda President
- Nicolás García Rivas Secrétaire
- Hernán Hormazábal Malarée Rapporteur
- Francisco Muñoz Conde Rapporteur
- Fermín Morales Prats Rapporteur
Type: Thèses
Résumé
EL DELITO SE CONFIGURA COMO INFRACCION CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA, ENTENDIDA POR VINCULACION A LA CONSTITUCION Y A LOS INTERESES GENERALES. SE TRATA DE UN DELITO DE DAÑO QUE SOLO PUEDE CASTIGARSE CUANDO ES COMETIDO DOLOSAMENTE, INCLUSO POR OMISION. LA DISTINCION RESPECTO A LA INFRACCION ADMINISTRATIVA HOMOLOGA SOLO CABE ESTABLECERLA SIGUIENDO EL CRITERIO DE GRADUALIDAD. EL SUJETO ACTIVO DEBE AMPLIARSE A TODO SUJETO QUE REALICE ACTIVIDADES PUBLICAS, PROPONIENDO UNA REFORMA DEL CODIGO PENAL EN ESTE SENTIDO (SIGUIENDO LA PAUTA DEL PROYECTO DE 1994). NO COMETE ESTE DELITO EL FUNCIONARIO QUE REVELA SECRETOS A REQUERIMIENTO DEL JUEZ POR EXISTIR UNA PREPONDERANCIA DEL INTERES DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA.